Sin pagar, solo sales del buró en dos casos: cuando el atraso ya cumplió su plazo legal (de 1 a 6 años según lo que debías, contados desde tu primer incumplimiento) o cuando está mal reportado: no es tuyo, aparece dos veces o tiene datos equivocados. Una deuda real y reciente no se puede borrar; quien te lo promete te está engañando.
- «cómo salgo del buró sin pagar»
- «quiero limpiar mi buró»
- «ya pagué y sigo en buró»
Los únicos caminos legales
| Camino | Cuándo aplica | Qué haces |
|---|---|---|
| Caducidad | El atraso ya cumplió su plazo legal (Art. 23 LRSIC) | Si sigue apareciendo, reclamas que se elimine. |
| Error | La deuda no es tuya, aparece dos veces o tiene montos o fechas equivocados | Reclamas gratis (Arts. 42 a 44 LRSIC). |
| Pagar | La deuda es real | La cuenta queda pagada; el atraso sigue visible hasta su plazo. |
¿A los cuántos años se elimina un atraso?
Depende de cuánto debías y se cuenta desde tu primer incumplimiento: 1 año si era hasta 25 UDIS (unos $210), 2 años hasta 500 UDIS (unos $4,250), 4 años hasta 1,000 UDIS (unos $8,500) y 6 años si era más. Los detalles y las excepciones están en cuándo caduca una deuda.
Si ya pagaste
Al pagar, la cuenta cambia a pagada y eso te ayuda. Pero el plazo del atraso se sigue contando desde tu primer incumplimiento, no desde que pagaste. Si pagaste y la cuenta sigue apareciendo con saldo vencido, eso sí es un error que se reclama. Mira cuánto tarda en verse un pago.
Lo que no es legal: borrar una deuda real y reciente. Quien te cobra por «sacarte del buró» te está engañando, y la CONDUSEF lo advierte. Cuidado también con las reparadoras que te llevan a una quita: la quita queda registrada en tu historial y pesa por años.
Qué hacer, paso a paso
- Saca tu Reporte de Crédito EspecialAhí vienen el monto y la fecha del primer incumplimiento de cada cuenta (Art. 40 LRSIC).
- Revisa cada cuenta¿Es tuya? ¿Está bien el monto? ¿Ya pasó su plazo?
- Separa lo que procedeLo que ya caducó y lo que está mal se reclama. Lo que es real y reciente se paga o se negocia.
- Presenta tu reclamaciónEs gratis y la presentas tú. Te explicamos cómo en reclamación paso a paso.
En video: las notas viejas no se borran solas; hay que presentar la reclamación correcta, y la presentas tú. Ver el video en TikTok ↗
Revisa qué procede en tu reporte
Te entregamos tu reporte con cada cuenta explicada: qué ya caducó, qué está mal y qué sí debes.
- Sin cuestionario sobre tus créditos: comprobamos que eres tú con tu INE y tu rostro.
- El mismo Reporte de Crédito Especial que define la ley (Art. 40 LRSIC), pedido a tu nombre y con tu autorización.
- Cada cuenta explicada en palabras claras: qué te ayuda, qué te frena y qué podría estar mal.
- En minutos, en cuanto validas tu identidad. $245.
- Con la auditoría, revisamos cada cuenta y te preparamos el escrito para que tú reclames lo que esté mal. $545.
Garantía: Si eres tú y no logramos obtener tu reporte, iniciamos la devolución del 100 % de tu pago en un máximo de 24 horas. Ver condiciones. Nadie puede prometerte borrar un registro correcto ni subir tu score; nosotros tampoco. ¿Ya tienes tu reporte? Audítalo por $350.
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Preguntas frecuentes
¿Se puede salir del buró sin pagar?
Solo si el atraso ya cumplió su plazo legal o si está mal reportado. Una deuda real y reciente no se puede borrar: lo que puedes hacer es pagarla o negociarla.
¿Es legal «limpiar» el buró?
Lo legal es corregir lo que está mal y pedir que se elimine lo que ya caducó (Arts. 23 y 42 a 44 LRSIC). Nadie puede borrar una deuda real y vigente.
¿A los cuántos años se elimina una deuda?
Según lo que debías: 1 año hasta 25 UDIS, 2 años hasta 500, 4 años hasta 1,000 y 6 años si era más, contados desde tu primer incumplimiento (Art. 23 LRSIC).
Si pago, ¿se borra mi historial?
No. La cuenta queda como pagada y eso te ayuda, pero el atraso sigue visible hasta que se cumple su plazo.
Si vendieron mi deuda a un despacho, ¿el plazo vuelve a empezar?
No. Se sigue contando desde tu primer incumplimiento, aunque la deuda cambie de dueño.
¿Las apps o reparadoras pueden borrar mi buró?
No. Nadie puede borrar un registro correcto y la CONDUSEF advierte que quien promete «borrarte del buró» a cambio de dinero es un fraude.
¿Qué hago si ya pasó el plazo y sigue apareciendo?
Reclámalo ante la sociedad de información crediticia. Es gratis y la sociedad lo investiga con quien te reportó (Arts. 42 a 44 LRSIC).
¿Cómo sé cuándo fue mi primer incumplimiento?
Viene en tu Reporte de Crédito Especial, en cada cuenta. Con ReGenera tu buró lo obtienes por $245, o $545 con la auditoría. Si ya lo tienes, la auditoría cuesta $350.
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